Desde 2022, el SII ha confirmado que las ganancias por venta de criptomonedas constituyen renta y deben declararse anualmente. Si operaste con Bitcoin, Ether, USDT u otra criptomoneda durante el año, estás obligado a reportarlo.
¿Qué evento tributario debo declarar?
El hecho gravado ocurre cuando vendes o intercambias criptomonedas. En Ledgera, cada vez que registras una venta el motor calcula automáticamente el "mayor valor" según el costo base de adquisición en pesos chilenos.
- Comprar cripto con CLP o USD → no tributa
- Vender cripto a CLP → tributa por el mayor valor
- Intercambiar una cripto por otra (swap) → tributa por el valor en CLP al momento del intercambio
- Recibir cripto como pago → tributa como ingreso
Paso 1: registra todos tus movimientos en Ledgera
Entra a tu portafolio en Ledgera y agrega cada operación: fecha, tipo (compra o venta), cantidad, precio en CLP o USD, y exchange. Si tienes un historial en CSV desde Binance, Buda u Orionx, puedes importarlo directamente desde el botón «Importar CSV».
Paso 2: revisa el resumen tributario
Navega a la sección «Tributario» en el menú lateral. Ahí encontrarás el resumen anual con el total de ganancia realizada, el desglose por activo y el tipo de cambio BCCh aplicado a cada operación. Ledgera usa el dólar observado publicado diariamente por el Banco Central de Chile.
Paso 3: genera tu declaración jurada (DDJJ)
En la sección «Declaraciones» puedes generar tu DDJJ tributaria. Ledgera produce dos tipos de reporte: el estricto (solo ventas realizadas) y el informativo (incluye posición actual). Descarga el PDF o CSV desde el botón «↓» en cada declaración.
El reporte de Ledgera incluye un código único y hash de integridad que puedes compartir con tu contador o presentar ante el SII como respaldo verificable.
Paso 4: completa el Formulario 22
Las personas naturales declaran el mayor valor como «Otras rentas» en la línea correspondiente del Formulario 22. El monto que debes ingresar es el total de ganancia realizada en CLP que muestra tu DDJJ de Ledgera. Si tuviste pérdidas, también puedes declararlas para compensar con otras rentas.
Plazos para declarar
- Personas naturales: hasta el 30 de abril de cada año (declaración de renta)
- Empresas primera categoría: según calendario SII (abril–mayo)
- Cierre del período en Ledgera: recomendamos cerrar el período tributario en diciembre para generar el snapshot de auditoría
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